ISSN-L: 0798-1015 • eISSN: 2739-0071 (En línea) - Revista Espacios – Vol. 44, Nº 09, Año 2023 • Nov-Dic
BLANCO C.A. «Ética como elemento esencial de la gestión pública: Diseño de un programa de ética pública
municipal»
ético de un funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, es valioso porque interioriza valores éticos como
la transparencia, la lealtad, la honestidad y el espíritu de servicio, que son exteriorizados frente a los ciudadanos.
En Venezuela, con la entrada en vigencia de la Constitución Bolivariana (1999), se produjo un cambio en la
materia legal que rige a las instituciones del Estado y a sus funcionarios públicos. Se espera que los funcionarios
que hacen vida en la administración pública venezolana deban reflejar una conducta ética, sensibilidad social,
respeto a la diversidad y proactividad para promover valores y sentimientos que favorezcan la generación de
factores constructivos y permitan multiplicarlos para fortalecer la ejecución y los resultados de la acción del
Estado.
La ética pública es el sometimiento de la actividad que desarrollan los servidores públicos a los principios de
honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad, transparencia y
pulcritud; constituyéndose como parte importante en la actividad que desarrollan estos servidores públicos en
cumplimiento de sus funciones, dentro de los órganos y entes de la administración pública municipal (Ley
Orgánica del Poder Ciudadano, 2001, artículo 6).
De tal manera que, en Venezuela, la ética pública se sustenta en un sólido andamiaje legal, el cual está dirigido
a que los trabajadores que ejercen sus funciones en los diferentes órganos y entes, lo hagan con apego a los
principios rectores de la administración pública. En este sentido, la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999) desarrolla artículos ajustados a los valores éticos que deben poseer todos los ciudadanos
investidos de funciones públicas. Por su parte, el Código de Ética para las Servidoras y los Servidores Públicos
regula los principios rectores de los deberes y conductas de los funcionarios en el ejercicio de las funciones, de
forma eficiente, eficaz, transparente, para garantizar un comportamiento correcto a través de la ética.
En tal sentido, para Russián (2010), la ética pública implica “el sometimiento de la actividad que desarrollan los
servidores públicos a los principios de honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina,
eficacia, responsabilidad, transparencia y pulcritud” (p.24). Siendo la actitud, el comportamiento y desempeño
del funcionario público, los elementos que promueven la trasparencia, honestidad y objetividad en la realización
de sus funciones, mostrando a la ciudadanía hechos contundentes que son reflejados en los resultados de la
gestión pública. En este sentido, Díaz (2020) considera que la ética pública muestra el camino correcto.
Cabe destacar que los valores éticos son adquiridos durante el transcurso de la formación como persona y están
estrechamente ligados con lo profundo del ser (Pérez, 1998). Así pues, la interrelación formación-ética está
dirigida a la búsqueda del carácter humanista y va más allá del carácter social, pues no sólo se refiere al quehacer
sino a la formación como comunidad de aprendizaje (Ormart & Brunetti, 2013).
La teoría de desarrollo moral brinda la alternativa de una formación ética en las organizaciones. Según Koontz y
Weihrich (2004), la filosofía y visión de toda organización se enuncia en su misión, manifestando como se percibe
a sí misma, y a quienes la integran. Partiendo de esa apreciación, las instituciones públicas deben instituir
mecanismos para educar de forma ética a sus funcionarios, que avive el sentido de pertenencia, generando una
cultura ética que coadyuve al cumplimiento de la misión del órgano o ente público.
La inexistencia o debilitamiento en los procesos de formación ética de los funcionarios públicos crea un escenario
propicio para obtener resultados negativos en la gestión pública. Tal es el caso del municipio Sucre del estado
Aragua, Venezuela, el cual carece de un programa de formación que promueva la conducta ética de los
funcionarios en el ejercicio de su función pública. Por ello, surge la siguiente interrogante: ¿Cuáles aspectos debe
abarcar el diseño de un programa de formación para el desempeño ético de los funcionarios públicos del
municipio Sucre del estado Aragua?